AYUDAS “ARA EMPRESES” (DANA OCTUBRE 2024)
Si tu empresa ha sufrido daños materiales a causa de la DANA de octubre de 2024, ahora puedes acceder a las ayudas del programa Ara Empreses. Este plan de subvenciones, dotado con un presupuesto total de más de 127 millones de euros, está dirigido a PYMEs industriales, comerciales, hosteleras y de servicios ubicadas en municipios afectados. Las ayudas cubrirán hasta el 70% de los costes subvencionables para la adquisición y reparación de maquinaria, software y obras necesarias para recuperar la actividad. Descubre todos los detalles, plazos y requisitos en el resumen que hemos preparado.

Empresas Industriales

Condiciones.
- PYMEs con actividad industrial (CNAE 10 al 33) con sede en municipios afectados.
- Actividad en funcionamiento el 28/10/2024.
- Daños materiales por la DANA.
- También pueden pedirlo personas jurídicas propietarias de inmuebles industriales dañados.
Gastos subvencionables.
- Adquisición, sustitución y reparación de maquinaria, equipos y activos vinculados a la producción.
- Software (y costes de implantación si aplica).
- Obras de reparación, adaptación y legalización necesarias para recuperar la actividad.
- Informe de auditoría (máx. 600 €).
Gastos NO subvencionables.
- Materias primas, mercaderías.
- Vehículos de transporte externos.
- Teléfonos móviles.
- Autofacturas o facturas de empresas vinculadas.
Fechas clave
Presentación: 15 abril – 30 junio 2025.
Periodo de ejecución: 29 octubre 2024 – 30 octubre 2025.
Justificación: hasta el 30 octubre 2025
Importe mínimo subvencionable
El importe de los gastos subvencionables que presentes debe ser igual o superior a 10.000 € (sin IVA) para que la solicitud sea admitida
Máximo de subvención
- Hasta el 50% de los costes.
- Máx. 100.000€ (PYMEs).
- Máx. 20.000€ (propietarios de inmuebles industriales).
Quién lo puede pedir
PYMEs industriales o propietarios de inmuebles industriales en municipios afectados.
Presupuesto asignado

Comercio, Hostelería y Servicios

Condiciones.
- PYMEs de comercio, hostelería o servicios (no CNAE 10 al 33).
- Actividad en funcionamiento el 28/10/2024.
- Daños materiales por la DANA.
- No incluye propietarios de inmuebles.
Gastos subvencionables.
- Adquisición, sustitución y reparación de maquinaria, equipos y activos vinculados a la actividad.
- Software (y costes de implantación si aplica).
- Obras de reparación, adaptación y legalización necesarias para recuperar la actividad.
- Informe de auditoría (máx. 600 €).
Gastos NO subvencionables.
- Materias primas, mercaderías.
- Vehículos de transporte externos.
- Teléfonos móviles.
- Autofacturas o facturas de empresas vinculadas
Fechas clave
Presentación: 15 abril – 30 junio 2025.
Periodo de ejecución: 29 octubre 2024 – 30 octubre 2025.
Justificación: hasta el 30 octubre 2025.
Importe mínimo subvencionable
El importe de los gastos subvencionables que presentes debe ser igual o superior a 3.000 € (sin IVA) para que la solicitud sea admitida.
Máximo de subvención
- Hasta el 70% de los costes.
- Máx. 50.000€.
Quién lo puede pedir
PYMEs de comercio, hostelería o servicios en municipios afectados.
Presupuesto asignado
INFORMACIÓN COMÚN A AMBOS PROGRAMAS

- Una sola solicitud por empresa
- Posibilidad de solicitar un anticipo del 50% sin necesidad de aval
- Compatibles con indemnizaciones del seguro, siempre que no se supere el coste real
- Sujetas al régimen de minimis: la empresa (o grupo) no puede haber recibido más de 300.000 € de ayudas públicas de minimis en los últimos 3 años
- Se requiere informe de auditoría externa ROAC para justificar
- No se permiten pagos en efectivo, autofacturas ni facturas entre empresas vinculadas
- Se debe mantener la inversión afectada durante 2 años (bienes muebles) o 5 años (bienes inmuebles)